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Plan de Desarrollo Sustentable | PDS
Según la ley, la finalidad de un PDS es el desarrollo urbano y rural armónico con sus recursos naturales, con miras al bienestar colectivo. En este punto cabe destacar que la ciudad de San Lorenzo del Campo Grande se considera completamente urbana desde 1981 por Decreto Ley N° 21.006.
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Por definición, “El Plan de Desarrollo Sustentable es un instrumento técnico y de gestión municipal en el que se define los objetivos, líneas estratégicas, programas y proyectos en los ámbitos social, económico, ambiental, institucional y de infraestructura orientados a lograr la equidad social, el crecimiento económico y la sustentabilidad ecológica en el municipio”.
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Este instrumento, de carácter estratégico para la administración municipal, deberá estar coordinado en sus planes y estrategias con los de los organismos de la Administración Central, las entidades descentralizadas y las gobernaciones.
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En la estructura organizacional de la municipalidad, la instancia responsable de la elaboración del PDS sería la Dirección General de Planificación Estratégica, según la Resolución M.S.L. N° 268/2021, por la cual se aprueba la actualización de la estructura orgánica y funcional de la Municipalidad de San Lorenzo, y los planes específicos, programas y proyectos, tanto de las direcciones generales misionales como de las de apoyo, deberían responder a sus objetivos.
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Acorde a la consulta realizada a los técnicos de la Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico, si bien se registran intentos anteriores para la generación del instrumento, San Lorenzo no ha entregado hasta el momento ningún Plan de Desarrollo Sustentable desde la entrada en vigencia de la Ley.
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INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN PARA LA GESTIÓN MUNICIPAL
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En materia de planificación la Ley N° 3966/2010 Orgánica Municipal dispone en su artículo 12 De las Funciones de la Municipalidad que: “De conformidad a las posibilidades presupuestarias, las municipalidades, en el ámbito de su territorio, tendrán las siguientes funciones:
1. En materia de planificación, urbanismo y ordenamiento territorial:
a. la planificación del municipio, a través del Plan de Desarrollo Sustentable del Municipio y del Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial;…”.
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En ese marco, y dado el inicio del nuevo periodo de gobierno municipal establecido en noviembre de 2021, el Ejecutivo Municipal se encuentra abocado al proceso de fortalecimiento de su Sistema de Control Interno, bajo los requisitos de la Norma MECIP:2015, el cual comprende el Componente Control de la Planificación.
PLAN DE METAS MUNICIPAL V01
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La Municipalidad de San Lorenzo, cuenta con el Plan de Metas Municipal V01, el cual es un instrumento de planificación e información ciudadana, a través del cual el Ejecutivo Municipal presenta su programa de gestión y da a conocer los lineamientos que guiarán la actividad de la administración pública municipal durante el período de gobierno.
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El mencionado plan, en su primera versión, fue aprobado por R.I.M.S.L N° 576/2023 de fecha 28 de abril de 2023. Así, el Ejecutivo Municipal ha dado cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza Nº 30/2014. A lo largo del documento, se detallan los ejes, objetivos y metas establecidas que se procura alcanzar en el período 2023-2026 sobre la base de las problemáticas de la ciudad.
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Hoy en día, los municipios son los primeros en recibir múltiples demandas ciudadanas y deben satisfacerlas en un contexto de escasos recursos, por lo que se vuelve cada vez más necesario incorporar metodologías que les permitan emprender iniciativas eficientes, efectivas y coherentes. Por ello, resulta de suma importancia incorporar a la gestión (local) herramientas de planificación, sobre todo cuando se pretende identificar prioridades y asignar recursos escasos en el ámbito municipal.
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Este proceso implica la definición de distintos niveles de planificación asociados a los plazos que guiarán las políticas públicas y la consiguiente organización de los recursos económicos, técnicos y humanos del Municipio.
En esta primera versión del Plan de Metas Municipal se identifican tres niveles:
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1. Los ejes de gestión constituyen los grandes ámbitos de actuación que guían el accionar de nuestra hoja de ruta, orientados a los desafíos con una visión de largo plazo.
2. Los objetivos estratégicos se desprenden de cada uno de los ejes y constituyen la hoja de ruta para alcanzar los propósitos trazados en el mediano plazo.
3. Finalmente, las metas especifican con mayor detalle los logros que se desean obtener a lo largo del período 2023-2026, los cuales serán alcanzados mediante la implementación anual de diversos proyectos y programas.
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Cabe señalar que, el proceso de conformación de un Plan de Metas representa un desafío superador a la hora de planificar. Lejos de ser un instrumento estático, su diseño y seguimiento permitirá consolidar equipos de gobierno, facilitar el trabajo colaborativo e identificar obstáculos con el fin último de alcanzar una institución municipal más eficiente y cercana a la ciudadanía.
II. PLAN DE ORDENAMIENTO URBANO TERRITORIAL (POUT) – PLAN DE DESARROLLO SOSTENIBLE MUNICIPAL (PDSM). OTROS INSTRUMENTOS.
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La Municipalidad de San Lorenzo a través de la Dirección General de Planificación y Gestión Territorial y la Dirección General de Planificación Estratégica, se encuentra abocada al diseño del Plan de Ordenamiento Urbano Territorial (POUT) y el Plan de Desarrollo Sostenible Municipal (PDSM), respectivamente, con el apoyo de la Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social (STP), a fin de dotar al Municipio de sus dos herramientas mínimas de planificación.
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Es oportuno mencionar que, en simultáneo con los procesos mencionados precedentemente, la Dirección General de Planificación y Gestión Territorial cuenta con su Plan Estratégico Funcional con un horizonte al 2025 (documento en construcción), dispuesto en tres ejes:
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Eje 1_Gestión y Planificación Urbana.
Eje 2_Innovación orientada a la Gestión.
Eje 3_Articulación para el logro de objetivos.
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En lo que respecta al Plan de Desarrollo Sostenible Municipal (PDSM), de conformidad a la denominación actualizada dispuesta por la STP, la Ley Orgánica Municipal dispone en el artículo 225 que: “El Plan de Desarrollo Sustentable tendrá por finalidad el desarrollo urbano y rural armónico con sus recursos naturales, con miras al bienestar colectivo.
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El Plan de Desarrollo Sustentable es un instrumento técnico y de gestión municipal en el que se define los objetivos, líneas estratégicas, programas y proyectos en los ámbitos social, económico, ambiental, institucional y de infraestructura orientados a lograr la equidad social, el crecimiento económico y la sustentabilidad ecológica en el municipio.
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El Plan de Desarrollo Sustentable tendrá como contenido básico un plan social, un plan económico y un plan ambiental del municipio.
Los planes operativos y de inversión de la Municipalidad deberán responder al Plan de Desarrollo Sustentable. Los organismos de la Administración Central, las entidades descentralizadas y las gobernaciones coordinarán con las municipalidades sus planes y estrategias, a fin de armonizarlas con el Plan de Desarrollo Sustentable del municipio”.
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En el mes de julio 2023, la Municipalidad de San Lorenzo a través de la Dirección General de Planificación Estratégica participó en el Taller de Capacitación brindada por la Secretaría Técnica de Planificación a técnicos de las municipalidades del país sobre la "Guía metodológica para elaborar los Planes de Desarrollo Sostenible Municipal (PDSM)", así como en los principales fundamentos del Plan Nacional de Desarrollo Paraguay 2030 y en los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Cabe señalar que, el Plan de Desarrollo Sostenible Municipal (PDSM), es fundamental para encaminar la labor de los gobiernos municipales hacia el desarrollo sostenible, ya que permite la previsión de las intervenciones estratégicas necesarias para atender las demandas de los habitantes del territorio y el cuidado del entorno.
A partir de la capacitación brindada por la STP, se han determinado los siguientes pasos a seguir:
a) Concretar el acompañamiento técnico de la STP para el diseño del Plan Estratégico Institucional y el Plan de Desarrollo Sostenible Municipal.
b) Integrar por Resolución de la Intendencia Municipal el equipo técnico y el Consejo de Desarrollo Municipal para el proceso de diseño del PDSM.
c) Contar con un cronograma de trabajo para dar cumplimiento a las etapas de diseño y plazos.
Fuente: Dirección General de Planificación Estratégica, agosto 2023